Ley 33/2014, de 26 de diciembre (Pdf), por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. BOE nº 313, de 27/12/2014.
Una nueva regulación del sector que, entre otras cosas, reforzará las multas contra actividades ilegales y potenciará el turismo marinero.
La nueva regulación "intensificará" el control y las inspecciones, así como las obligaciones de informar sobre las capturas.
Uno de sus bloques incluye un rango amplio de multas para pescadores que no respeten las reglas y una graduación según su gravedad.
En el caso de infracciones muy graves, la penalización oscila entre los 60.001 y los 600.000 euros.
Otra parte de la nueva ley afecta a la "diversificación", con vistas a impulsar el turismo marinero como complemento de la renta de los pescadores y profesionales del mar.
La normativa está enmarcada dentro del llamado "carné por puntos" para pesca, que impuso la Unión Europea y funciona de manera inversa al del tráfico por carretera, porque el armador o el barco infractor los recibe y llegado a un tope se le puede quitar la licencia. La ley recoge especificidades para buques de recreo.
Ley Pesca Marítima

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